El Reglamento (CE) 609/2001, de la Comisión, de 28 de marzo, por el que se establecen las disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) 2200/96, del Consejo en lo que se refiere a los programas y fondos operativos y a la ayuda financiera comunitaria y se deroga el Reglamento (CE) 411/97, deja a la competencia de los Estados miembros el establecimiento de medidas legislativas nacionales complementarias, para garantizar la correcta aplicación del régimen que regula los programas y fondos operativos de las organizaciones de productores de frutas y hortalizas.
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